Paginas
- Acerca de este blog.
- Página principal
- News.va · Noticias desde El Vaticano
- Exortación Apostólica pastsinodal " AMORIS LAETITIA "
- :El hecho religioso en el siglo XXI.
- Apocalipsis de San Juan.
- Valores éticos siglo XXI.
- Voces proféticas.
- Enciclica Lumen Fidei
- Redescubriendo el Concilio VaticanoII.
- San Juan de Avila.
- Amigos del Papa Francisco.
jueves, 1 de septiembre de 2011
«Con las leyes de muerte digna todos los ciudadanos, sin excepción, estaremos en situación de riesgo».
(PpE) La Dra. María Alonso, coordinadora del Área de Medicina de Profesionales por la Ética, asegura que la ley andaluza sobre la muerte digna establece que toda persona tendrá derecho a rechazar por escrito una intervención propuesta por los profesionales sanitarios aunque dicho rechazo ponga en peligro su propia vida. «De este artículo se deduce no solo el rechazo de intervenciones quirúrgicas o tratamientos sino la retirada de la alimentación o hidratación del paciente», decisión que ha tomado el hijo de Ramona Estévez y que conllevará el fallecimiento de su propia madre.
Desde hace días hemos asistido a un triste proceso en el que la Administración andaluza ha instado a un hospital de Huelva a dejar de alimentar e hidratar a Ramona Estévez, una mujer anciana que se encuentra en coma, accediendo a la voluntad de su hijo y amparándose en la Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte (conocida como “ley de muerte digna”, norma vigente en Andalucía.
“En casos como éste”, asegura la Dra. Alonso, “retirar la alimentación o la hidratación a una paciente en coma es contrario a la ética y a la deontología profesional porque con ello se provocará directamente su muerte; el coma es una situación de vulnerabilidad de un paciente dependiente que precisa aporte de hidratación y nutrición, como un cuidado básico más. No es lo mismo un coma que una muerte cerebral, en la que el paciente está ya clínicamente muerto, con los órganos vitales mantenidos artificialmente”.
Para Profesionales por la Ética, el caso de Ramona Estévez ilustra una de las actuaciones que traen consigo las llamadas “leyes de muerte digna”: permitir la supresión de medidas ordinarias de soporte (básicas, como alimentación e hidratación) o una sonda nasogástrica, que es de fácil manejo en domicilio y utilizada por muchos pacientes de distintas enfermedades.
No decide el paciente
“Además”, afirma la Dra.Alonso, “se pone en entredicho el supuesto derecho a decidir sobre la propia vida que defienden los partidarios de la eutanasia ya que es otra persona la que decide privarte de la alimentación cuando estás enfermo o eres una persona dependiente. “No olvidemos que tanto la ley andaluza de muerte digna como el Proyecto de ley nacional establecen la posibilidad de incapacitar a las personas al final de su vida simplemente porque no entienden la información que se les suministra” de manera que otros decidirán si ponen o no fin a su vida por acción o por omisión. Con las leyes de “muerte digna” todos los ciudadanos, sin excepción, estaremos en situación de riesgo sin legislación que proteja nuestras vidas en situación de vulnerabilidad”.
Profesionales por la Ética lamenta igualmente que alguna asociación pro eutanasia esté manipulando los sentimientos de las personas con el único fin de lograr su objetivo ideológico de convertir en legal la muerte (por acción u omisión) de los más débiles y vulnerables de la sociedad. Así, en complicidad con los sectores más radicales del PSOE, se pretende la aceptación social de la eutanasia y la implantación de leyes autonómicas de “muerte digna” que introducen prácticas eutanásicas (como ya han hecho en Andalucía y Aragón) hasta la aprobación de una ley de rango nacional en el mismo sentido.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.