viernes, 20 de diciembre de 2013

El Ministro de Justicia del gobierno de España, Alberto Ruiz Gallardón, ha presentado el proyecto de «Ley orgánica de protección de la vida del concebido y los derechos de la mujer embarazada».

Se regresa a un modelo parecido al de la ley de 1985

La nueva ley del aborto vuelve a la despenalización por peligro de la salud física y psíquica de la madre y por violación

El Ministro de Justicia del gobierno de España, Alberto Ruiz Gallardón, ha presentado el proyecto de «Ley orgánica de protección de la vida del concebido y los derechos de la mujer embarazada» que pretender sustituir a la actual legislación, que considera el aborto como un derecho de la mujer. El ministro ha asegurado que ninguna mujer recibirá reproche pena ni multa por abortar, lo cual es la primera vez que ocurre en España. Los supuestos por los que se podrá quitar la vida al no nacido son el de peligro para la salud física y psíquica de la madre y cuando el embarazo es fruto de una violación.
(InfoCatólica) Ruiz Gallardón ha asegurado que «por primera vez en la historia de España se libera a la mujer de la posibilidad del reproche penal. La mujer nunca es culpable, siempre es víctima». Preguntado por los periodistas, el ministro ha dicho que el personal sanitario que practique un aborto ilegal tendrá las mismas penas que están prescritas por la legislación vigente.
Gallardón ha apelado a la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985 que consideraba la vida del ser humano concebido y no nacido como un bien jurídico que debe ser protegido. La ley promulgada en dicho año estuvo vigente con gobiernos del PSOE y del PP.
El ministro ha explicado que la mujer ha de recibir asesoramiento antes de abortar. El mismo, que no debe ser un mero trámite, ha de aportar una valoración de todas y cada una de las posibilidades respecto al embarazo. En el caso de las menores de edad, el consentimiento debe tener la aprobación de los padres o tutores legales. El plazo de reflexión entre el asesoramiento y el aborto deberá ser de siete días y no tres, como ocurre actualmente.

Supuestos despenalizados

Los supuestos en los que el aborto será un delito despenalizado son:
- Cuando el embarazo pone en grave peligro la salud física y psíquica de la madre. Será necesario que el peligro suponga un menoscabo no irreversible pero sí duradero. Y deberá ser acreditado mediante un informe motivado realizado por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología. Dichos médicos no podrán ser trabajadores del centro sanitario donde se vaya a practica el aborto.
- Cuando el embarazo sea fruto de una violación. La misma ha de acreditarse mediante denuncia en las primeras doce semanas de gestación.
- Cuando el feto o embrión padezca una enfermedad incompatible con la vida. Este supuesto se incluirá en el primer supuesto despenalizador. Deberá contarse igualmente con un informe médico que indique que el feto no podrá vivir fuera del seno materno. A preguntas de los periodistas sobre le caso de los embrione y fetos que padecen el síndrome de Down, el ministro ha asegurado que «no existen embriones de primera y embriones de segunda» -que es lo que ocurre con la actual ley- y que en todo caso habrá que valorar si dicha circunstancia afecta a la salud psíquica de la madre.

Objeción de conciencia del personal sanitario

La nueva ley regulará igualmente el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario, de forma que no sea obligado a practicar un aborto quien no lo desee. Quienes objeten deberán reflejar su intención en su ficha personal, pero aun en el caso de que no hayan hecho tal cosa podrán objetar igualmente en cualquier momento.
Además se decretará la prohibición de publicidad de productos que sean abortivos así como de la práctica de los mismos en centros sanitarios.

Ante una posible nueva sentencia del Constitucional

Alberto Ruiz Gallardón ha afirmado que aunque se produjera una nueva sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ley todavía vigente que apoyara la constitucionalidad de la misma, el gobierno mantendría su proyecto de ley porque es el que creen más conforme con la necesidad de proteger el derecho a la vida del no nacido y de la mujer embarazada

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